EL ARBITRAJE SIN LAZO CONTRACTUAL

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En materia de inversiones, el consentimiento disociado de las partes al arbitraje es hoy en dia una realidad. Los tiempos en los que se creia que era necesario incluir una clausula compromisoria dentro de un contrato o la firma de un compromiso luego de nacida la controversia para que un arbitraje tuviera lugar entre las partes, ha quedado en la historia. En efecto, apartir del caso SPP cñ Egipto (Pyramids Oasis), en donde un tribunal arbitral CIADI reconocio su competencia gracias al ofrecimiento que el Estado hiciera a traves de su ley interna, hemos visto aparecer un tipo de arbitraje en donde no necesariamente existe una relacion contractual entre las partes, y en donde el demandado no hubiera podido iniciar el arbitraje sin someter contrademandas. Esto fenomeno es conocido en el mundo arbitral como el arbitraje “without privity” o “arbitraje sin lazo contractual”.

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