LA RESPONSABILIDAD DEL PROMOTOR POR VICIOS DE LA CONSTRUCCIÓN

$20.00

La obra que tiene ud. en sus manos busca orientar a los propietarios y promotores de inmuebles sometidos al régimen de la propiedad horizontal respecto a un aspecto relevante en este tipo de propiedad. Podemos afirmar que no exisyte la obra constructiva perfecta, pero el vendedor, antes promotor de la obra constructiva tiene para con sus compradores una obligación, la de entregar bienes y servicios de calidad, conforme lo ofrecido a través de diversos medios de publicidad.

Toda obra constructiva por su propia naturaleza debe tener un periodo de vida útil, conforme sea el destino del inmueble.Esta obligación nace desde la época del imperio Romano y en Panamá en la Constitución Nacional en donde el Estado reconoce y garantiza el derecho de toda persona a obtener bienes y servicios de calidad

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