LOS CRITERIOS DE OPORTUNIDAD EN EL PROCESO PENAL ACUSATORIO Y ORAL

$45.00

Existen delitos, ya sea perseguibles de oficio, o bien por querella, que por su minima gravedad al interes publico, la ley ha establecido mecanismos para gestionar el conflicto. Los mas usuales son: el acuerdo reparatorio y el perdon del ofendido. Sin embargo, el detalle de ambas figuras es que estan limitadas al consenso que pueden llegar la victima y victimario, o bien, en la actitud de la victima de olvidar la agresion que sufrio. Ello, de por si, condiciona la aplicacion de estas instituciones y, posibilita que, a falta de estos condicionantes, el Ministerio Publico tenga que ejercer la accion penal, a pesar de la minima afectacion al interes social. En ese contexto, surge otra respuesta legal y son los denominados criterios de oportunidad, los cuales, fundados en la falta de interes publico, la ausencia de un merecimiento o necesidad de pena, el buscar una forma alterna de rehabilitacion, o bien, en el principio de seleccion, permiten a la autoridad ministerial decidir no ejercer la accion penal o abstenerse de continuar con la ya iniciada; privilegiando la persecucion de aquellos que si debilitan las bases de la convivencia pacifica en sociedad.

¿Quieres publicar un libro?

Escribenos a info@culturalportobelo.com