Sin existencias
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Esta obra procura reflexionar sobre la incidencia de la solidaridad en la teoría general del contrato. Se desarrolla principalmente en dos partes. En la parte general, aborda la idea de que la lealtad se erige en elemento constitutivo del negocio jurídico. La buena fe objetiva ya no cumple exclusivamente una función integradora, ni limita externamente la conducta de las partes, sino que integra la esencia de la “lex contractus”. Sin desconocer la importancia del conflicto de intereses, pone énfasis en la cooperación recíproca que asegura el equilibrio mínimo y la utilidad de lo acordado, favoreciendo, a la postre, la seguridad jurídica. Al revalorizarse al contratante como persona, se impone la necesidad de respetar a la contraparte y los intereses legítimos del otro. Apoyado en el art. 1.291 del Código Civil Uruguayo (art. 1.258 C.C. Español), así como en el principio de proporcionalidad, aspira a una justicia contractual protectora, fundamentalmente de la parte débil de la relación jurídica. En la parte especial, se estudia la influencia de la “affectio contractus” desde los tratos preliminares hasta la terminación del contrato. El marco teorético plasmado no conoce de fronteras, destacándose la conmixtión del modelo francés y germano. La mayor repercusión del trabajo estriba en que si bien en varios países la teoría solidaria del contrato ha alcanzado importantes desarrollos (incluso a nivel legal), en los países de habla hispana es casi desconocida para el gran público. El autor del estudio, Juan J. Benítez Caorsi, Doctor en Derecho y Ciencias Sociales por la Universidad de la República (Uruguay), ha realizado numerosas publicaciones jurídicas en el ámbito internacional, destacándose principalmente La interpretación en los contratos con cláusulas predispuestas -Temis, Bogotá, 2002- y La revisión del contrato -2ª edición, Temis, Bogotá, 2010-. Es, actualmente, Juez Letrado.